3689 — Los consumidores no conocen sus derechos en comunicaciones

Aug 19, 2005 | Conteúdos Em Espanhol

Desde el pasado 29 de abril está en vigor el Real Decreto 424/2005 que regula el marketing telefónico. Pero poca gente sabe que tiene derecho a no ser llamado para promociones comerciales y que las empresas que no respeten el reglamento se enfrentan a multas de entre 30.000 y 150.000 euros.

El real decreto otorga al usuario el derecho de exigir a su operadora de telefonía que indique, junto a su número de teléfono en la guía, que no desea recibir llamadas de marketing telefónico. Otra opción es que su nombre ni siquiera aparezca en la guía. Las empresas que deseen realizar acciones de telemarketing deberán comprobar que los usuarios a los que llaman no han expresado dicho deseo. Si el que realiza la llamada no deseada es un operador humano, la multa puede llegar a los 150.000 euros. Las llamadas por operadores automáticos no están autorizadas si no existe un consentimiento previo del usuario.

Las asociaciones de consumidores y usuarios protestan ante las escasa publicidad que se ha dado a esta regulación. Ni la Agencia Española de Protección de Datos ni la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones han informado sobre los derechos de los usuarios. Reclaman, además, que el consentimiento debería ser expreso en todos los casos. La Federación española de Comercio Electrónico y Marketing Directo facilita la posibilidad de rechazar las comunicaciones publicitarias por correo mediante la inscripción en la Lista Robinson y trata de que se apliquen las disposiciones de las normativas en comunicaciones comerciales para evitar el rechazo que su actividad genera entre el público. Fuentes de esta institución consideran que las empresas de marketing están respondiendo con celeridad a la normativa.

19-08-2005