940 — Legislación Telefonía: ORDEN de 29 de julio de 1998

Dec 7, 2002 | Conteúdos Em Espanhol

ORDEN de 29 de julio de 1998 por la que se modifican las especificaciones técnicas de acceso a la red telefónica conmutada. Numero de Boe: 192/1998. Fecha Publicación: 12/08/1998. (Incluye corrección de errores [BOE 24/09/98]).

Los requisitos técnicos de acceso a la red telefónica conmutada están regulados actualmente en la Orden, del Ministerio de Fomento, de 7 de marzo de 1997, por la que se modifica el anexo I, apéndice 1, del Real Decreto 1376/1989, de 27 de octubre, por el que se establecen las especificaciones técnicas de los equipos telefónicos utilizados en el servicio final telefónico.

Esta Orden tiene como objeto la puesta en vigor de las modificaciones derivadas de la aplicación del nuevo plan de numeración contemplado en el Plan Nacional de Numeración para los Servicios de Telecomunicaciones, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de noviembre de 1997 y de la adopción del prefijo 00 para llamadas internacionales, esta última de acuerdo con la Decisión del Consejo 92/264/CEE, de 11 de mayo, relativa a la introducción de un prefijo común de acceso a la red telefónica internacional en la Comunidad.

Estas modificaciones consisten fundamentalmente en la introducción de las correcciones exigidas por la futura supresión del segundo tono de invitación a marcar, que desaparecerá tras la puesta en marcha del nuevo prefijo internacional 00, así como en la incorporación del método de prueba conocido como Loudness Rating o Índice de Sonoridad, en concordancia con las tendencias europeas, y en la ampliación de la longitud de secuencia de marcación que la red telefónica conmutada sea capaz de aceptar.

En su virtud, al amparo del artículo 55 de la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones, oídos el Consejo de Consumidores y Usuarios y la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, y cumplimentado el procedimiento de información a la Comisión Europea en materia de normas y reglamentaciones técnicas establecido en la Directiva 83/189/CEE, del Consejo, de 28 de marzo, y en el Real Decreto 1168/1995, de 7 de julio,

DISPONGO:

Primero. Modificación de las especificaciones técnicas de acceso a la red telefónica conmutada.

Las especificaciones técnicas aplicables al acceso a la red telefónica conmutada contenidas en la norma UNE 133001-2(95), reguladas por la Orden del Ministro de Fomento, de 7 de marzo de 1997, por la que se modifica el anexo I, apéndice 1, del Real Decreto 1376/1989, de 27 de octubre, por el que se establecen las especificaciones técnicas de los equipos telefónicos adicionales utilizados en el servicio final telefónico, quedan modificadas con los cambios incluidos en la norma UNE 133001-2 1M (98).

Segundo. Disposición transitoria.

Hasta la entrada en vigor de la disposición relativa al calendario de implantación del prefijo 00 y la desaparición del segundo tono de invitación a marcar para llamadas internacionales, deberán coexistir los apartados correspondientes del segundo tono de invitación a marcar con las normas UNE indicadas en el apartado primero.

Los equipos terminales se certificarán, hasta la entrada en vigor, según lo dispuesto en los apartados correspondientes de las citadas normas UNE 133001-2(95) y UNE 133001-2 1M(98); posteriormente sólo se certificarán equipos según lo dispuesto en los correspondientes apartados de la norma UNE 133001-2 1M(98).

Tercero. Disposición final.

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 29 de julio de 1998.

Arias-Salgado Montalvo.

Fuente: Boletín Oficial del Estado

Consultorio del juridico-legislacion